REQUISITOS
- Que sean mayores de 3 años y residan en este municipio.
- Que tengan reconocida la imposibilidad o la grave dificultad para la utilización del transporte público colectivo.
- Que no estén imposibilitadas para efectuar desplazamientos fuera del hogar.
- Las personas jurídicas que presten servicios de transporte de personas con movilidad reducida y que acrediten que disponen de vehículos para ello, para lo cual deberán aportar la relación de las matrículas de dichos vehículos.
DERECHOS DE LOS TITULARES DE LA TARJETA
Los titulares de la tarjeta de estacionamiento se beneficiarán de las siguientes facilidades en materia de circulación, parada y estacionamiento de vehículos en vías urbanas:
- Estacionar el vehículo más tiempo del autorizado, con carácter general, en las zonas en que dicho tiempo se encuentre limitado.
- Para o estacionar en cualquier lugar de la vía pública durante el tiempo imprescindible y siempre que no se entorpezca la circulación de vehículos o peatones.
- Disponer de las plazas reservadas de estacionamiento previstas en el artículo 12.1 de la Ley 8/1993, de 22 de junio.
- Solicitar las plazas de estacionamiento junto al domicilio en las condiciones que se establezcan mediante Ordenanza Municipal Reguladora.
VIGENCIA Y RENOVACIÓN DE LA TARJETA
- En los supuestos de movilidad reducida de carácter definitivo, la tarjeta de estacionamiento se concederá por períodos de cinco años renovables.
- En los supuestos de movilidad reducida de carácter temporal el plazo de vigencia dependerá del carácter y duración de la limitación.
- En el caso de las personas jurídicas, la vigencia y renovación de la tarjeta de estacionamiento se concederá por períodos de 5 años renovables.
CONDICIONES DE USO
- Las tarjetas cuyo titular sea una persona física sólo podrán utilizarse cuando el titular viaje en el vehículo de que se trate, bien como conductor o como ocupante.
- Las tarjetas cuyo titular sea una persona jurídica sólo podrán utilizarse en los vehículos para los cuales haya sido concedida, y siempre que en ese momento se encuentren prestando el servicio de transporte de personas con movilidad reducida.
- La tarjeta se colocará en el parabrisas del vehículo de forma que su anverso resulte claramente visible desde el exterior.
- El conductor del vehículo en que se esté haciendo uso de la tarjeta deberá en todo caso cumplir las indicaciones de los agentes de Tráfico.
OBLIGACIONES DE LOS TITULARES
- Los titulares de la tarjeta de estacionamiento deberán comunicar al Ayuntamiento, en el plazo de 15 días, cualquier variación de las circunstancias que motivaron su concesión.
- En caso de pérdida, robo o destrucción, deberán comunicarlo inmediatamente al Ayuntamiento y no podrán hacer uso de los derechos reconocidos a los titulares de la tarjeta hasta la expedición de una nueva.
- El uso indebido de la tarjeta de estacionamiento dará lugar a su retirada, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran derivarse.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
- Solicitud por primera vez:
- Documento del Registro General del Ayuntamiento (solicitud de Tarjeta de Estacionamiento) con todos los datos cumplimentados, importante el número de teléfono de contacto, será el medio preferente de comunicación
- Fotocopia del documento nacional de identidad del solicitante.
- Acreditación de la representación y fotocopia del documento nacional de identidad del representante legal, en su caso.
- Dos fotografías tamaño carné del titular (opcional, ya que se pedirán sólo si es autorizada la concesión de la tarjeta).
- Fotocopia de la resolución de reconocimiento de la condición de minusválido y de la resolución sobre el grado de discapacidad emitida por el Centro Base (el escrito de solicitud de presentación en el Centro Base no es válido).
- Acreditación de la condición de residente en el término municipal (volante de empadronamiento).
- Solicitud por razones humanitarias:
- Documento del Registro General del Ayuntamiento (solicitud de Tarjeta de Estacionamiento) con todos los datos cumplimentados, importante el número de teléfono de contacto, será el medio preferente de comunicación.
- Certificado del personal médico facultativo de los servicios públicos de salud que indique una de las causas establecidas en la Disposición adicional primera Real Decreto 1056/2014, de 12 diciembre, por el que se regulan las condiciones de emisión y uso de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad (puntos 1 y 2), que deberá contar con la validación de la inspección de los servicios sanitarios competentes por razón del domicilio del solicitante.
- Solicitud por renovación:
- Documento del Registro General del Ayuntamiento (solicitud de Tarjeta de Estacionamiento) con todos los datos cumplimentados, importante el número de teléfono de contacto, será el medio preferente de comunicación.
- 1 fotografía tamaño carné del titular.