La Policía Local de Coslada ha adaptado el servicio policial
para que el despliegue sea más efectivo a la hora de prevenir y erradicar en lo posible la
comisión de infracciones al confinamiento
perimetral del municipio de Coslada, que la Consejería de Sanidad ha
decretado para hacer frente a la actual crisis sanitaria. Este confinamiento entró en vigor el 1 de febrero ante la elevada
incidencia de caos de COVID-19.
Los objetivos del dispositivo
policial son vigilar,
controlar y chequear vehículos y personas en determinadas vías del
municipio, así como a personas en las estaciones de metro, RENFE, autobuses
interurbanos y taxis. Se denunciará a los posibles infractores de las medidas
establecidas en la Orden de la Consejería de Sanidad.
Los agentes integrantes
de este Plan Operativo informan a la población sobre las medidas
preventivas de cumplimiento del confinamiento perimetral, comprueban su
cumplimiento y, en caso necesario, sancionan. Realizan controles aleatorios
en paradas de autobuses interurbanos, taxis y acceso a estaciones de Cercanías
y Metro con el fin de velar por el cumplimiento de las medidas restrictivas
de movilidad hacia el exterior/interior del municipio.
Se comprueba que las personas que
salen o entran al municipio llevan consigo la documentación que justifique
dicho desplazamiento a la vez que se sigue vigilando que se cumplen medidas
como el uso obligatorio de mascarilla, la distancia social, el número máximo de personas reunidas, el horario del
toque de queda, etc. Se realizan controles aleatorios a peatones en vías
cerradas al tráfico rodado o peatonales.
Dispositivo
conjunto
El
dispositivo se desarrolla en colaboración conjunta con efectivos de la Policía
Nacional. Dotaciones de ambos Cuerpos controlan la salida y entrada de
vehículos del término municipal, situándose estratégicamente en diferentes
puntos de las principales vías de acceso del término, con el fin de
velar por el cumplimiento de las medidas restrictivas de movilidad hacia el
exterior/interior de la ciudad.
Casos justificados de desplazamiento
Desde
Policía Local se recuerda que solo están permitidos aquellos desplazamientos
adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes
motivos:
1.
Asistencia a centros,
servicios y establecimientos sanitarios.
2.
Cumplimiento de
obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.
3.
Asistencia a centros
docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
4.
Retorno al lugar de
residencia habitual.
5.
Asistencia y cuidado a
mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad personas
especialmente vulnerables.
6.
Para desplazarse a
entidades financieras y de seguros.
7.
Para realizar actuaciones
requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
8.
Para realizar renovaciones
de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos
inaplazables.
9.
Para realizar exámenes
o pruebas oficiales inaplazables.
10. Por
causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
11. Cualquier
otra actividad de análoga naturaleza, debidamente justificada y acreditada.
12. Asistencia
a los entrenamientos, competiciones o ligas organizadas por las federaciones
deportivas madrileñas, que se acreditarán mediante licencia deportiva o
certificado federativo. Los menores de edad podrán ser acompañados por un
adulto.