Desde
las 00:00 horas de hoy lunes se mantiene operativa la restricción
perimetral de la Zona Básica de Salud de Valleaguado de Coslada,
fijada en la Orden 1322/2020 publicada el sábado, 10 de octubre, en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
La
misma conlleva la necesidad de la adopción de una serie de medidas
preparadas por el cuerpo de Policía Local de Coslada y para su puesta en marcha, en caso de
ser necesario, contará con los voluntarios y voluntarias de la Agrupación de
Protección Civil de la localidad. Por su parte, los agentes de
Policía Nacional se encargan del control perimetral de los accesos y
salidas de Madrid capital.
Cabe
recordar que la adopción de estas acciones se produce en el ámbito
de tratar de frenar los contagios por Covid-19 en las áreas
correspondiente. En este sentido, el alcalde, Ángel Viveros, además
de “agradecer el trabajo de las y los agentes de Policía Local y
voluntarios de Protección Civil”, también ha recordado que “ESTA RESTRICCIÓN PERIMETRAL ES INSUFICIENTE PUESTO QUE, COMO YA HICIMOS SABER A LA PRESIDENTA REGIONAL Y HE REPETIDO EN VARIAS OCASIONES, CREEMOS QUE LO ADECUADO SERÍA UNA LIMITACIÓN DE ENTRADAS Y SALIDAS EN TODA LA CIUDAD Y NO SOLO EN UNA ZONA. No obstante, desde el Ayuntamiento y el equipo de
Gobierno de Coslada colaboraremos en todo lo que esté en nuestra
mano, y este dispositivo especial que arrancó la pasada noche es una
buena muestra de ello”.
Dicho
operativo presenta como principal objetivo el de “prevenir y
erradicar en lo posible la comisión de infracciones” de la
limitación perimetral de movimientos en la Zona Básica de Salud de
Valleaguado. Para ello, por
parte de Policía Local durante las 24 horas del día de las próximas
14 jornadas (duración prevista de esta medida regional, aunque con
posibilidad de prórroga), se procederá a la vigilancia y control de
“vehículos y personas en la citada zona, con el propósito
de “prevenir Ia comisión de posibles infracciones”. En su caso,
las y los agentes participantes en el dispositivo, podrán denunciar
a los posibles infractores.
Hay
que aclarar que la Orden 1322/2020 de la Comunidad de Madrid
establece un periodo informativo no sancionador, a la espera de que
sea validada por la autoridad judicial competente.
El
Plan Operativo que se ha iniciado en las últimas horas
en Coslada circunscribe su ámbito de aplicación a la citada Zona
Básica de Salud de Valleaguado. Estos significa que las y los
vecinos tendrán la movilidad limitada, salvo en los desplazamientos
debidamente justificados, fuera de dicho área. Al margen de lo
anterior, una vez más, desde el Equipo de Gobierno municipal vuelve
a insistirse en la necesidad de salir de casa en toda la ciudad lo
menos posible y, en caso de hacerlo, limitar los contactos a las
personas convivientes.
Información y prevención
El
operativo de control, en el interior de la zona afectada, se encarga
de informar a la población acerca
de las medidas preventivas de cumplimiento de la limitación
perimetral. Asimismo, Policía Local lleva a cabo la comprobación
y, en su caso, elevan propuesta para sanción, en los supuestos de
incumplimiento de las medidas establecidas.
Se
realizan controles aleatorios en paradas de autobuses
interurbanos, taxis y acceso a estaciones de Cercanías y Metro con
el fin de velar por el cumplimiento de las medidas restrictivas de
movilidad hacia el exterior/interior del área sanitaria de
Valleaguado.
Del
mismo modo, se comprueba que las personas que salgan o entren del área sanitaria de Valleaguado lleven consigo la documentación que
justifique el desplazamiento.
El
operativo incluye una especial vigilancia en las zonas habituales de
ocio y recreo. Por lo que respecta
al límite perimetral, desde la pasada medianoche se efectúan
controles aleatorios en las vías de circulación que permitan el
acceso y salida del área sanitaria de Valleaguado a los que se unen también, entre otras
acciones, controles a peatones en
vías cerradas al tráfico rodado o peatonales.
Salidas
y entradas
En
el caso concreto de las entradas y salidas de la Zona Básica de
Salud de Valleaguado, ya se está procediendo a la fiscalización,
con dotaciones policiales, de la salida y entrada de vehículos.
Dichos controles se sitúan estratégicamente en diferentes puntos de
las principales vías de acceso y comprenderá el perímetro
establecido por la Orden de la Comunidad de Madrid y, a su vez, las
siguientes vías (algunas afectadas totalmente por la limitación de
movilidad, otras solo en parte, tal y como se puede ver en el plano
adjunto):
-
Avenida
de San Pablo (Barrio de la Estación). -
Ingeniero
Fernández Casado -
Díaz
del Castillo -
Avenida
de la Cañada -
Calle
Miralsol -
Calle
Tajo -
Calle
Honduras -
Calle
Chile -
Calle
México -
Avenida
Príncipes de España -
Avenida
de José Gárate -
Avenida
de la Constitución -
Avenida
de la Industria -
Calle
Rioja -
Calle
Virgen de la Cabeza -
Glorieta
Primero de Mayo -
C.I.T.I.
y Ampliacion C.I.T.I -
Calle
Senda Galiana
Es
necesario recordar que, al margen de lo anterior, la medida adoptada
por la Comunidad de Madrid conlleva el cumplimiento de, entre otras,
las siguientes obligaciones:
Se
restringe la entrada y salida de personas, salvo para aquellos
desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por
alguno de los siguientes motivos:
a)
Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b)
Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales
o legales.
c)
Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas
las escuelas de educación infantil.
d)
Retorno al lugar de residencia habitual.
e)
Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con
discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f)
Para desplazarse a entidades financieras y de seguros.
g)
Para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos
públicos, judiciales o notariales.
h)
Para realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así
como otros trámites administrativos inaplazables.
i)
Para realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j)
Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
k)
Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente
acreditada.
Se
permite la circulación de personas residentes dentro de las zonas
básicas de salud afectadas, siempre respetando las medidas de
protección individual y colectiva establecidas por las autoridades
sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la población los
desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.
Asimismo,
la medida adoptada por la Comunidad de Madrid sobre la zona básica
de salud de Valleaguado también se traduce en
que todos los establecimientos, locales comerciales y servicios
abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del
aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente
autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22.00 horas.
Del
mismo modo, hay que tener en cuenta que “los establecimientos de
hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por
ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando
permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas
deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a
las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas”.
Igualmente,
la orden regional establece que “la
ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de
mesas, no pudiendo admitir nuevos clientes a partir de las 22:00
horas, y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no
pudiendo superarse en ningún caso las 23:00 horas, a excepción de
servicios de entrega de comida a domicilio y la recogida de comida
por clientes para consumo fuera del local”.