Hasta
la fecha, estaba siendo complicado acceder a determinados productos que
permitan garantizar medidas de protección ante el COVID-19. La principal
consecuencia de la gran demanda existente en todo el planeta es una subida de
precios desorbitada, y todo ello sin la suficiente información sobre su uso e
idoneidad.
A tal
efecto, el Gobierno de España ha
aprobado una Orden Ministerial, que entró en vigor el pasado 19 de abril, a fin
de establecer una serie de garantías para preservar la salud y seguridad
de los ciudadanos mediante el acceso a determinados productos de protección
frente al contagio del COVID-19 en condiciones económicas y no abusivas
(mascarillas ya sean quirúrgicas o higiénicas reutilizables o no, antisépticos
de piel y geles y soluciones hidroalcohólicas, guantes de nitrilo, etc.). Para
ello, se han fijado los precios máximos
de estos productos, además de regular las condiciones
de etiquetado para que el consumidor pueda tener una información
suficiente, eficaz y veraz. Según recuerdan desde la Concejalía de Salud y
Consumo del Ayuntamiento de Coslada, el objetivo es que pueda saber si lo que
se está adquiriendo es lo adecuado o no, permitiéndole diferenciar
correctamente un producto de otro.
En este
sentido, el alcalde de Coslada, Ángel Viveros, ha subrayado que “el
área de Salud y Consumo resolverá las dudas que puedan surgir entre los vecinos
y vecinas de Coslada”, al tiempo que ha recordado que “la orden
del Gobierno de España fija unos datos mínimos que deben estar incorporados a
las mascarillas”.
La edil
de salud y Consumo y Bienestar Animal, Rosa
Martínez, ha añadido que se refieren “a datos de la propia empresa, denominación
usual del producto, número de unidades que contiene el envase, periodo de uso
recomendado, si es o no reutilizable y, en su caso, número máximo de lavados
así como, advertencias, instrucciones de uso o colocación, si cumple las
especificaciones técnicas y precio final, entre otros”.
Por otro
lado, la actual práctica de venta por unidades de mascarillas que no estén
empaquetadas individualmente solo se podrá realizar en farmacia debiendo
contener la información mínima obligatoria en el propio producto o en el
folleto o documento que lo acompañe.
Es
importante saber que esta Orden, no
afecta a las mascarillas tipo FPP2 y FPP3, que son de uso profesional y
que, en principio, no son las recomendadas para la población. No obstante, si
fuera necesario podrán también incluirse.