El
día 10 de noviembre de 2019 se van a celebrar Elecciones Generales al
Congreso de los Diputados y el Senado. En el periodo comprendido entre hoy,
30 de septiembre, y el 7 de octubre se podrá consultar el censo
Electoral en el Ayuntamiento en horario de 09.00 a 15.00 horas.
A lo largo de ese plazo de exposición del
censo es
posible llevar a cabo, en caso necesario, las alegaciones contra su inclusión o
exclusión. También se habilitará el teléfono gratuito 900 70 55 55 para
realizar la consulta por este medio.
El Censo
Electoral para estas Elecciones es el cerrado el 27 de junio de 2019.
Esto quiere decir que el Colegio Electoral donde le corresponde votar, es el
asignado a su domicilio de esa fecha.
Del mismo modo, hasta el próximo 31 de octubre se
puede solicitar el voto por correo en cualquier oficina de Correos.
También se puede pedir, en este caso hasta el día 21 de octubre, el voto
braille.
Los
ciudadanos de la Unión Europea y de los países con acuerdos de reciprocidad
residentes en España NO podrán votar en estas elecciones.
Para más información puede consultarse http://www.infoelectoral.interior.es/
Voto por correo
Los electores que prevean que
en la fecha de la votación no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto, o que no puedan personarse, pueden emitir su
voto por correo, previa solicitud a la Delegación Provincial de la Oficina del
Censo Electoral, con los requisitos siguientes:
- Deberá solicitarse en cualquier oficina de
Correos, PERSONALMENTE. De hecho el funcionario de correos le pedirá que se identifique
y comprobará su identidad. Hay que llevar identificación original (no se admite
la fotocopia). - En caso de no poder formular la solicitud
personalmente (por enfermedad o incapacidad), deberá acreditarse por
certificación médica oficial y gratuita, y en ese caso podrá autorizarse,
notarialmente y también gratuito, a otra persona a realizar la solicitud. La
Junta Electoral comprobará cada caso y decidirá si es correcto. - La Oficina del Censo Electoral remitirá por correo certificado, entre el 21 de
octubre y el 3 de noviembre, la documentación necesaria para que ejerza el
voto, y las instrucciones de cómo debe hacerse, a la dirección indicada por Vd.
que no tiene por qué coincidir con su domicilio. - Cuando el elector tenga preparado su voto conforme
a las instrucciones de la Oficina del Censo Electoral, lo llevará a Correos
antes del 6 de noviembre.
Toda la tramitación es GRATUITA. Una vez solicitado
el voto por correo, YA NO SE PUEDE VOTAR PRESENCIALMENTE. (Aunque no se haya
llevado el voto a Correos).
COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS: 915 385 100 y 915 385 101
COLEGIO OFICIAL DE NOTARIOS: 912 130 000 y 915 225 620
http://www.infoelectoral.mir.es/web/guest/voto-por-correo-desde-espana
http://www.infoelectoral.mir.es/web/guest/voto-erta-temporalmente-en-el-extranjero-
http://www.infoelectoral.mir.es/web/guest/voto-cera-residentes-en-el-extranjero-
Voto Braille
Las personas con discapacidad visual que
conozcan el sistema de lecto-escritura Braille, con una discapacidad visual
reconocida igual o superior al 33% o afiliadas a la ONCE, pueden inscribirse en
el teléfono gratuito 900.150.000 para usar el procedimiento del voto accesible.
El plazo para inscribirse es del 24 de septiembre al 21 de octubre, ambos
inclusive.
El kit/maletín de votación estará
disponible en la Mesa Electoral donde le corresponda votar al solicitante.